Las facturas B cuyo importe en la operación supere o iguale los $20.932 cancelados con medios electrónicos de pago o que supere los $10.466 y la operación no se efectúe con pagos a través de medios electrónicos autorizados, se deberá identificar al comprador.
A su vez, también, los comercios mayoristas deberán identificar al consumidor final a menos que el importe de la factura no supere los $10.466 y sea efectuada por medios electrónicos.